CÓRDOBA

Prohibiciones para el puente festivo del 31 de octubre en Córdoba

Prohibiciones para el puente festivo del 31 de octubre en Córdoba.

El día de ayer, el Gobernador de Córdoba, Orlando Benítez expidió el decreto 000515 donde se imparten las restricciones para el puente festivo del 30, 31 de Octubre y 1 de noviembre.

Esto, debido a la pandemia que estamos viviendo por el Covid19 y con el fin de seguir cuidándonos.

  1. Se prohíbe la libre circulación de menores de edad, durante las 24 horas del día, los días 30 y 31 de octubre y 1 de noviembre.
    Se exceptúa cuando estos deban asistir a servicios médicos y/o asistenciales.
    Los menores que se encuentren sin la compañía de sus padres o de la(s) persona(s) en quien recaiga su custodia, les serán aplicados los procedimientos establecidos en el Código de la Infancia y Adolescencia.
  2. Prohibir el consumo, venta, distribución y/o expendio de bebidas embriagantes y/o alcohólicas en todo el departamento de Córdoba.
Ley seca fin de semana 31 de octubreDesde las 6:00 p.m. del viernes 30 de octubre – hasta las 05:00 a.m. del martes 3 de noviembre
  1. Los alcaldes deberán atender las instrucciones y lineamientos establecidos por el presidente de la República y el Gobernador de Córdoba.
  2. Disponer a los organismos de seguridad del Estado y a la Fuerza pública para hacer cumplir lo dispuesto en el Decreto.
  3. La violación e inobservancia de las medidas adoptadas e instrucciones dadas mediante el Decreto darán lugar a una sanción penal.
Prohibiciones para el puente festivo del 31 de octubre en Córdoba

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